Medidas tributarias por el COVID-19

Imagen Coronavirus - JCR Asesores

A estas alturas ya todos más o menos sabemos y conocemos las medidas, tanto sociales como tributarias que el gobierno ha ido tomando. Si bien, hay que decir, que no todo lo que se ha visto por televisión y hemos podido leer en periódicos, digitales o escritos, ha sido de todo cierto. En algunos casos se ha prometido mucho más de lo que posteriormente se ha publicado. Y para darse cuenta de ello, solo hemos tenido que echar un vistazo al BOE o al BOCM tras su publicación diaria a partir del mes de Marzo.

A modo de resumen, os detallamos brevemente algunas modificaciones en materia tributaria que hemos tenido en estos últimos meses.

  • Ampliación del plazo de presentación de los impuestos, tanto para el modelo trimestral del 1T de 2020 como para el de carácter mensual y correspondiente al mes de Marzo.
  • Posibilidad de aplazar el pago de los impuestos con unas condiciones determinadas sin intereses durante tres meses. Posteriormente este plazo fue ampliado a cuatro meses.
  • Ampliación de plazo para la presentación del modelo 349 (Operaciones Intracomunitarias).
  • Ampliación del plazo de registro para el S.I.I. (Suministro Inmediato de Información).
  • No ingreso del I.V.A. en operaciones de moratoria o condonación de la renta en arrendamientos… Es una obviedad, ya que si no hay factura ni servicio, no hay I.V.A. ¿No pensáis lo mismo?.
  • En los Ingresos de los arrendamientos con reducción de la renta se ingresará el I.V.A. de la nueva renta, no la del alquiler acordado en el contrato.
  • Exención del I.V.A. a las importaciones de material sanitario, pero claro está, con condiciones.
  • Modificación en los plazos de renuncia en el sistema de Estimación Objetiva (Módulos).
  • En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se mantienen los plazos. Aquí no ha habido manera, por más que se haya solicitado, ya que en gran parte del periodo no ha habido atención personalizada.
  • Se permite declarar por la opción impositiva más conveniente del modelo 202 (Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades).
  • Se modifican determinados procedimientos de presentación de algunos modelos, como el 036/037 y 030, incluso se amplia el plazo de uso de certificados digitales caducados.

No detallamos todas las modificaciones que ha habido ni todos los aspectos que podrían interesar al contribuyente, para eso os dejamos aquí el documento completo de la Agencia Tributaria sobre las modificaciones comentadas, para que lo podáis leer o descargar.

Y si necesitáis más información sobre las medidas de la Agencia Tributaria a raíz del Covid-19, pinchad aquí.

Espero que este artículo haya sido de interés, y si lo deseáis, dejad un comentario.

Medidas tributarias por el COVID-19

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll hacia arriba

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies